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Requisitos del Kit Digital: quién puede pedirlo

Los requisitos de la última convocatoria, explicados uno a uno, con cómo comprobar cada uno antes de que abra el plazo.

Actualizado el · Por el equipo de Solicitar Kit Digital, agente digitalizador adherido

En resumen: pueden pedir el Kit Digital los autónomos y las empresas de hasta 249 empleados con domicilio fiscal en España, al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, que no sean empresa en crisis, que no superen el límite de ayudas de minimis y que hayan hecho el test de autodiagnóstico de Acelera pyme. Quedan fuera los autónomos societarios y los colaboradores.

Estos son los requisitos de la última convocatoria. La próxima puede ajustar alguno (por ejemplo, la antigüedad mínima), pero los básicos vienen de las bases reguladoras y se mantienen.

Los 7 requisitos para pedir el Kit Digital

1. Ser autónomo, microempresa o pyme

Pueden ser beneficiarias las empresas de hasta 249 empleados, incluidos los autónomos con o sin trabajadores. También las comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de titularidad compartida de menos de 50 empleados, que tuvieron convocatoria propia.

El tramo (y el importe del bono) depende de la plantilla media, que Red.es comprueba con los datos de la Seguridad Social:

PlantillaTramoBono en la última convocatoria
0 a 2 empleadosSegmento III3.000 €
3 a 9 empleadosSegmento II6.000 €
10 a 49 empleadosSegmento I12.000 €
50 a 99 empleadosSegmento IV25.000 €
100 a 249 empleadosSegmento V29.000 €

Cómo comprobarlo: pide a tu gestoría el informe de plantilla media de la Seguridad Social o calcula tu tramo con nuestra calculadora.

2. Domicilio fiscal en España

La empresa o el autónomo tienen que tener el domicilio fiscal en España y estar dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (o en el censo foral equivalente en País Vasco y Navarra).

3. Antigüedad mínima

En la última convocatoria del segmento III se pedía una antigüedad mínima de 6 meses. Las convocatorias anteriores para empresas más grandes también fijaban una antigüedad mínima. La nueva convocatoria dirá la de cada tramo.

Cómo comprobarlo: la fecha de alta en el censo de Hacienda (modelo 036 o 037) o la fecha de constitución de la sociedad.

4. Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

Es el requisito que más solicitudes tumba. Hay que estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social tanto al solicitar como al cobrar la ayuda. Si tienes una deuda aplazada o fraccionada con acuerdo concedido, cuenta como estar al corriente.

Cómo comprobarlo: descarga los certificados de estar al corriente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. Son gratuitos e inmediatos con certificado digital o Cl@ve.

5. No ser empresa en crisis

No pueden pedirlo las empresas que se consideren “en crisis” según la normativa europea: por ejemplo, sociedades que han perdido más de la mitad de su capital por pérdidas acumuladas o que están en concurso de acreedores. Tampoco quien tenga pendiente devolver otra ayuda por una orden de recuperación.

6. No superar el límite de ayudas de minimis

El Kit Digital es una ayuda de minimis: se suma al resto de ayudas públicas de este tipo que hayas recibido en los últimos tres años. El límite general europeo es de 300.000 € en tres años desde 2024 (antes, 200.000 €). La mayoría de autónomos y pymes están muy lejos, pero conviene revisarlo si has recibido otras subvenciones.

7. Hacer el test de autodiagnóstico de Acelera pyme

Antes de solicitar hay que registrarse en la plataforma Acelera pyme de Red.es y completar el test de diagnóstico digital. Es gratuito, lleva unos 10 minutos y sirve para valorar tu nivel de digitalización. Sin él, la solicitud no se puede presentar.

Quién no puede pedir el Kit Digital

  • Autónomos societarios (los que cotizan como autónomos por ser socios o administradores de una sociedad). En su caso, la beneficiaria es la sociedad.
  • Autónomos colaboradores (familiares que trabajan con un autónomo titular).
  • Empresas de 250 empleados o más.
  • Empresas en crisis o con órdenes de recuperación de ayudas pendientes.
  • Quien no esté al corriente con Hacienda o la Seguridad Social.
  • Las entidades del sector público y las asociaciones sin actividad económica.

Documentación que vas a necesitar

Poca. Si lo tramita un agente digitalizador como representante voluntario, normalmente basta con:

  • DNI o NIE del titular o del administrador.
  • NIF de la empresa.
  • Test de autodiagnóstico de Acelera pyme completado.
  • Firma electrónica (certificado digital o firma desde el móvil) para autorizar la representación y firmar el acuerdo con el agente.

Nosotros revisamos los siete requisitos contigo antes de que abra la convocatoria y te decimos qué te falta. Si todo está en orden, dejamos tu solicitud lista para presentarla en cuanto abra.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir el Kit Digital?

Autónomos, microempresas y pequeñas y medianas empresas de hasta 249 empleados con domicilio fiscal en España, además de comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de titularidad compartida con menos de 50 empleados, siempre que cumplan el resto de requisitos.

¿Pueden pedirlo los autónomos societarios?

No. Los autónomos societarios y los autónomos colaboradores no pueden ser beneficiarios. Si eres autónomo societario, la que puede solicitarlo es tu sociedad.

¿Qué antigüedad hace falta para pedir el Kit Digital?

En la última convocatoria del segmento III (0 a 2 empleados) se exigía una antigüedad mínima de 6 meses. La próxima convocatoria fijará la antigüedad para cada tramo.

¿Puedo pedir el Kit Digital si tengo deudas con Hacienda?

Solo si están aplazadas o fraccionadas con el acuerdo concedido. Tienes que estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social en el momento de solicitarlo y de cobrar la ayuda.

¿El test de autodiagnóstico es obligatorio?

Sí. Hay que completar el test de diagnóstico de madurez digital en la plataforma Acelera pyme antes de presentar la solicitud. Es gratuito y lleva unos 10 minutos.

¿Puedo pedir el Kit Digital si ya lo recibí?

Depende de la convocatoria. Hasta ahora la regla general era un solo bono por beneficiario, con excepciones puntuales como el importe adicional del segmento III en 2024. Lo revisamos contigo cuando se publiquen las bases de la nueva.

No te quedes fuera del próximo Kit Digital

Las ayudas se conceden por orden de llegada. Déjanos tu teléfono y presentamos tu solicitud en cuanto abra.

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